Cuidar el empleo de las familias jaliscienses debe ser una prioridad durante el COVID-19, por ello se han adoptado medidas que permitan a las empresas continuar con las operaciones. 

Para prevenir y contener el COVI-19, les compartimos las acciones emitidas por el Gobierno del Estado de Jalisco, así como las implicaciones laborales

Las empresas con giros comerciales como salones de fiestas, casinos, antros, cantinas, centros nocturnos y bares están contempladas dentro del acuerdo de clausura temporal emitido por el Gobernador del estado. 

¿Qué hago si mi empresa figura dentro de los giros comerciales señalados?

En el caso de los giros mencionados, se recomienda acatar lo descrito en el art. 427, fracción VII, y art. 429, fracción IV, de la Ley Federal de Trabajo, que contempla la suspensión temporal del trabajo (en este caso decretada por el Gobierno del Estado) por lo que “el patrón deja de estar obligado a pagar el salario (actual), pero está obligado a pagar a sus trabajadores una indemnización equivalente a un día de salario mínimo general vigente, por cada día que dure la suspensión. La suspensión no puede exceder de un mes y los trabajadores deberán reanudar actividades tan pronto concluya la emergencia”. 

Cabe señalar, que las mujeres embarazadas, en lactancia y menores de 18 años, deberán recibir el 100% íntegro de su salario actual durante la suspensión.

¿Qué hago si mi empresa no está contemplada dentro de estos giros? 

Trabajar de manera regular, aplicando los protocolos sanitarios de prevención marcados por la autoridad para cada sector.

¿Qué medidas puedo implementar desde mi empresa respecto al COVID-19?

Algunas medidas de prevención que se han adoptado por las empresas son:

  • Adopción de medidas de control y prevención en: ingresos, salidas, checadores, cocina y área de trabajo.
  • Flexibilización de horarios y rediseño de turnos para evitar aglomeraciones en el transporte público.
  • Home office.
  • Restricciones de visitas a clientes y viajes de negocios. 
  • Generación de reuniones a través de plataformas digitales. 
  • Se sugiere dialogar con los colaboradores para adelantar vacaciones. 
  • Utilizar modalidades de “bancos de horas” o “tiempo por tiempo”. 

Para consulta a detalle de los decretos oficiales emitidos por el Gobierno de Jalisco, les proporcionamos las ligas de enlace a la página del periódico oficial de Jalisco. 

  1. Acuerdo del Secretario de Salud Mediante el cual se emiten los Criterios y Lineamientos para Prevenir, Contener, Diagnosticar y Atender la Pandemia de COVID-19 en el Estado de Jalisco  https://periodicooficial.jalisco.gob.mx/sites/periodicooficial.jalisco.gob.mx/files/03-17-20-v.pdf (Fracción VI)
  2. Acuerdo del Ciudadano Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano De Jalisco mediante el cual se clausuran de manera temporal salones de fiesta, casinos, antros, cantinas, centros nocturnos y bares https://periodicooficial.jalisco.gob.mx/sites/periodicooficial.jalisco.gob.mx/files/03-17-20-vi.pdf (Página 5)
  3. Criterios y Lineamientos para Prevenir, Contener, Diagnosticar y Atender la Pandemia de COVID-19 en el Estado de Jalisco.
    https://periodicooficial.jalisco.gob.mx/sites/periodicooficial.jalisco.gob.mx/files/03-17-20-v.pdf (Página 8 sección Octava)
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