Concluir con una relación de trabajo puede ser un tema complicado, y pueden surgir algunas dudas como ¿Qué prestaciones se deben pagar? ¿En qué casos se tiene que indemnizar a un trabajador? ¿Con que salario se calculan las indemnizaciones, las primas y las prestaciones?
¿Cómo debo de formalizar esta separación laboral?

Para responder a la pregunta de ¿Qué prestaciones se deben pagar y en qué casos se tiene que indemnizar a un trabajador? Vamos a tomar como ejemplo los casos más comunes, esto es una renuncia voluntaria y un despido injustificado

Si el trabajador renuncia voluntariamente le corresponde por ley:

  • Parte proporcional de aguinaldo
  • Parte proporcional de vacaciones y prima vacacional.
  • Prima de antigüedad en al caso de que el trabajador tenga cumplida cuando menos 15 años cumplidos en la empresa al momento de la renuncia.
  • Salarios devengados y otras Prestaciones que estuvieran vigentes.

En caso de que se despida a un trabajador y se considere es injustificado, el empleado podrá reclamar:

  • La indemnización constitucional consistente en tres meses de salario. (Art. 48)
  • Prima de antigüedad. (Art. 162)
  • Partes proporcionales de aguinaldo; vacaciones y prima vacacional (Art. 79, 80 y 87)
  • Salarios devengados y otras Prestaciones que estuvieran vigentes.

Para el caso que el despido se considere injustificado, el trabajador podrá demandar la reinstalación en el puesto que venía desempeñando, y de no reinstalarlo se le tendrá que indemnizar además de lo ya mencionado en los puntos anteriores, las indemnizaciones a que se refiere el art. 50 de la ley federal del trabajo (20 días por año).

¿Con que salario se calculan las indemnizaciones, las primas y las prestaciones?

¿Cuáles son las formalidades que se necesitan para concluir una relación de trabajo?

Al respecto el artículo 33 de la Ley Federal del Trabajo que, todo convenio o liquidación para ser válido deberá hacerse
a) por escrito y contener una relación circunstanciada de los hechos que lo motiven y de los derechos comprendidos en él,
b) Ser ratificado ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, la que lo aprobará siempre que no contenga renuncia de los derechos de los trabajadores.

Como hemos observado las indemnizaciones a los trabajadores, corresponde pagarlas cuando la separación es injustificada; si el despido fue justo o injusto lo determina la Autoridad en la resolución que emita sobre el juicio laboral donde el trabajador demande la indemnización o reinstalación dado el despido que considera injusto. Los juicios laborales son desgastantes para las partes y puede implicar el pago de otras prestaciones como los salarios caídos, veinte días por año, horas extras, entre otros conceptos, es por ello que resulta importante concluir una relación de trabajo de la manera más sana y conveniente para las partes, evitando así juicios laborales innecesarios.

Share:

administrator

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.