Con motivo del Buen Fin que comienza este próximo 9 de noviembre, es prioritario que las empresas se aseguren de cumplir con los requerimientos de la NOM 030-STPS-2009 en materia de Servicios Preventivos de Seguridad y Salud en el Trabajo , esto adicional al cumplimiento de los protocolos sanitarios por COVID19. 

A continuación, se presentan los requerimientos específicos a cumplir de la 

NOM-030-STPS-2009 

Punto en la norma Obligaciones 
4.1Designar a un responsable de seguridad y salud en el trabajo interno o externo, para llevar a cabo las funciones y actividades preventivas de seguridad y salud en el centro de trabajo a que se refiere el Capítulo 5.  4.1.1 El patrón podrá asumir las funciones y actividades preventivas de seguridad y salud a que se refiere el Capítulo 5, en el caso de centros de trabajo que cuenten con menos de cien trabajadores. 
4.3Contar con un diagnóstico integral o por área de trabajo de las condiciones de seguridad y salud del centro laboral, de acuerdo con lo que establece el Capítulo 6. El diagnóstico integral comprenderá a las diversas áreas, secciones o procesos que conforman al centro de trabajo, en tanto que el relativo al área de trabajo, se referirá de manera exclusiva a cada una de ellas. 
4.4Contar con un programa de seguridad y salud en el trabajo, elaborado con base en el diagnóstico a que se refiere el Capítulo 6.
El programa deberá actualizarse al menos una vez al año.  4.4.1 Los centros de trabajo que cuenten con menos de cien trabajadores deberán elaborar una relación de acciones preventivas y correctivas de seguridad y salud en el trabajo, de acuerdo con las actividades que desarrollen. La relación de acciones preventivas y correctivas deberá actualizarse al menos una vez al año. 
4.5Comunicar a la comisión de seguridad e higiene y/o a los trabajadores, según aplique, el diagnóstico integral o por área de trabajo de las condiciones de seguridad y salud y el contenido del programa de seguridad y salud en el trabajo o de la relación de acciones preventivas y correctivas de seguridad y salud en el trabajo. 
4.6Contar con los reportes de seguimiento de los avances en la instauración del programa de seguridad y salud en el trabajo o de la relación de acciones preventivas y correctivas de seguridad y salud en el trabajo, según aplique. 
4.7Capacitar al personal de la empresa que forme parte de los servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo, en las funciones y actividades que establece la presente Norma. 

Puedes consultar: http://www.dof.gob.mx/normasOficiales/3923/stps/stps.htm

Es importante que las empresas se aseguren de cumplir con estos requerimientos para proteger lo más importante: la salud y su capital humano; además de que ante la posibilidad de una inspección de trabajo, evitarían sanciones y clausuras. 

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