Las pequeñas y medianas empresas tienen especial importancia para la economía de nuestro país ya que generan cerca del 98% del empleo nacional, sin embargo, es el sector más vulnerable ante contingencias como las que hoy se viven con el COVID – 19.
En este sentido reconocemos las acciones emprendidas por el Gobierno del Estado de Jalisco para hacer frente a la situación por medio del “Plan Emergente de Protección del Empleo y el Ingreso de las Personas” que el día de hoy publicó sus reglas de operación destacando lo siguiente:
Montos: Presupuesto total del fondo autorizado: $450 ́000,000.00
Tamaño de empresas: Micro y Pequeñas Empresas establecidas en el Estado de Jalisco, que tengan entre 1 y máximo 15 empleados registrados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y que estos laboren en el Estado de Jalisco.
Criterios de elegibilidad: El plan se centrará en Micro y Pequeñas Empresas establecidas en Jalisco que cumplan con la totalidad de requisitos establecidos en las Reglas de Operación, en el orden de prelación con el cual concluyan el trámite administrativo. Aquellos casos que necesiten una valoración adicional serán resueltos de acuerdo a los criterios que establezca el Comité Interno de Validación.
Cobertura geográfica: Tendrá cobertura en los 125 municipios del Estado de Jalisco.
Clasificación de apoyos: Apoyos financieros según el número de empleados que tengan registrados ante el IMSS a razón de $10,000.00 (Diez mil pesos) por empleado por mes, siendo el máximo quince empleados por mes, es decir $150,000.00. Este plan emergente de Apoyo Financiero considera una tasa de 0% de interés. El plazo de pago será de 24 meses, que incluyen un periodo de 6 meses de gracia y 18 pagos mensuales. Si al término del primer mes, el beneficiario acredita que no ha reducido su plantilla laboral podrá ser acreedor a una segunda ministración, siempre y cuando exista suficiencia presupuestal. El Comité Interno de Validación determinará si se realiza una segunda ministración.
Requisitos: Ver anexo 1 de este boletín para personas físicas y Anexo 2 para personas morales.
Medios de comprobación: Realizar el procedimiento en la Plataforma de Registro para comprobar que se mantuvo sin reducción la plantilla laboral durante el periodo por el cual haya recibido el Apoyo Financiero.
Sanciones:
- Si el beneficiario al momento de realizar el procedimiento de comprobación, cae en el supuesto de incumplimiento de los presentes lineamientos, se solicitará el reintegro total e inmediato de los recursos y se aplicará una tasa de interés del 24% anual por el tiempo que haya transcurrido.
- II. En caso de no realizar el procedimiento de comprobación según lo dispuesto en la convocatoria, se le hará una notificación de retraso vía electrónica para que este trámite sea subsanado; si a los tres días naturales de haberse enviado dicha notificación la comprobación no ha sido realizada, se le solicitará el reintegro total e inmediato de los recursos y se aplicará una tasa de interés del 24% anual por el tiempo que haya transcurrido.
¿Dónde me puedo registrar?
El registro es exclusivamente en la página oficial https://planprotege.jalisco.gob.mx/ No existe otra forma de registro.
¿Coparmex realizará el trámite?
No, todos los trámites serán directo en la página https://planprotege.jalisco.gob.mx/. En Coparmex brindaremos apoyo a nuestras empresas socias con asesoría gratuita respecto de los documentos y requisitos del programa a los teléfonos: 38184114, 38184119 y 38184181.
Respaldamos las acciones emprendidas tanto por el gobierno como por las empresas por mantener las fuentes de empleo, demostrando que el trabajo en unidad genera grandes cambios.
ANEXO 1
Requisitos Personas Físicas con Actividad Empresarial
- Cumplir con sus obligaciones fiscales. Constancia de situación vigente, activa y actualizada emitida por el SAT;
- Formato más reciente de pago de cuotas obrero patronales aportaciones y amortizaciones emitido por el IMSS;
- En su caso, contrato de prestación de servicios de la empresa de servicios que haga la subcontratación de sus empleados;
- En su caso, última factura emitida por la empresa que haga la subcontratación de sus empleados;
- Carta bajo protesta de decir verdad, manifestando que la información proporcionada es verídica;
- Copia simple del comprobante de domicilio fiscal con vigencia máxima de 3 meses;
- Acreditar la situación administrativa ante el IMSS (Formato más reciente de pago de cuotas obrero patronales aportaciones y amortizaciones emitido por el IMSS)
- Identificación oficial del representante legal
- Identificación oficial de los empleados a proteger (que tienen su domicilio en el Estado de Jalisco);
- Número de CLABE Interbancaria de la cuenta bancaria fiscal del solicitante; y
- Caratula del último estado de cuenta con el domicilio de la empresa no mayor a 90 días;
ANEXO 2
Requisitos Personas Morales
- Constancia de Situación Fiscal vigente, activa y actualizada emitida por el SAT;
- Formato más reciente de pago de cuotas obrero patronales, aportaciones y amortizaciones emitido por el IMSS;
- Carta bajo protesta de decir verdad firmada por el representante legal; de que la información presentada es verídica;
- En su caso, copia simple del contrato de prestación de servicios de la empresa que haga la subcontratación de sus empleados;
- En su caso, última factura emitida por la empresa que haga la subcontratación de sus empleados;
- Copia simple del comprobante de domicilio fiscal de la persona jurídica con vigencia máxima de 3 meses;
- Copia simple del testimonio o instrumento que contenga los poderes del Representante Legal con su debida boleta registral;
- Identificación oficial del Representante Legal de la persona jurídica;
- Identificación oficial de los empleados a proteger (que vivan en el Estado de Jalisco)
- Número de CLABE Interbancaria de la cuenta bancaria fiscal del solicitante; y
- Carátula del estado de cuenta con el domicilio de la empresa no mayor a 90 días.
Para conocer las Reglas de Operación en su versión extensa, consulta: https://periodicooficial.jalisco.gob.mx/sites/periodicooficial.jalisco.gob.mx/files/03-25-20- ter.pdf