Derivado de la declaratoria de Emergencia Sanitaria por causa de fuerza mayor emitida el día de ayer por el Gobierno Federal, hacemos un llamado a preservar la gran mayoría de los 20 millones de empleos que genera el sector privado en nuestro país.
Ante la falta de claridad en los decretos emitidos por el Gobierno Federal identificamos los siguientes puntos:
Ante la importancia tomar las mejores decisiones a mediano y largo plazo en beneficio de empresas y colaboradores emitimos las siguientes recomendaciones:
Si decide la empresa el día de hoy continuar con las labores diarias, tomar en cuenta las medidas de prevención recomendadas dentro de la jornada nacional de Sana Distancia que se encuentran en el siguiente enlace: http://www.imss.gob.mx/prensa/archivo/202003/142
*http://dof.gob.mx/2020/CSG/30032020-VES.pdf
-Estar preparados para suspender operaciones conforme a las determinaciones de la Secretaría de Salud. Mismas que podrán ser declaradas el día de hoy martes 31 de marzo de 2020.
-En caso de que la empresa no se encuentre dentro de las actividades esenciales que se señalaron durante la rueda de prensa del día de ayer 30 de marzo de 2020, deberán de determinar las medidas de seguridad patrimonial y plantillas de mantenimiento industrial para evitar robos, saqueos y/o daño a las instalaciones de la fuente de trabajo como pueden ser hornos, calderas, materiales peligrosos etc.
-Es importante destacar que la Ley Federal del Trabajo establece que, en caso de fuerza mayor, la autoridad laboral determinará el monto de la indemnización a pagar por parte del empleador a sus trabajadores y esta no podrá ser mayor a un mes de salario ordinario. Tomar en cuenta que las autoridades laborales estatales y federales se encuentran cerradas por la pandemia y por lo tanto impedidas para emitir los citados acuerdos.
-Recomendamos evitar el despido de trabajadores, por lo que apelamos a la responsabilidad social del empresariado en estos tiempos de incertidumbre, para que en la medida de sus posibilidades privilegien el acuerdo de voluntades entre empleador y trabajadores para garantizar la subsistencia de las fuentes de empleo.
-Debe de quedar claro que NO se está decretando una contingencia sanitaria donde la Ley Federal del Trabajo señala que la obligación del empleador es pagar un salario mínimo diario como indemnización hasta por un mes.
Se trata de una declaración de suspensión de labores por causa de fuerza mayor donde se establece que la indemnización máxima a pagar podrá ser hasta un mes de salario ordinario, pero esto podrá variar de acuerdo a las características particulares de cada empresa y sus posibilidades, por ello recomendamos se privilegie un acuerdo de voluntades entre patrones y colaboradores para proteger por igual a los colaboradores y a las fuentes de empleo.
Mantendremos la solidaridad que ha sido reconocida por el Gobierno Federal, aun cuando el mismo no ha sido solidario con el sector privado.
Refrendamos nuestro compromiso como institución con las empresas y los colaboradores recordando que lo principal es conservar las fuentes de empleo y la subsistencia de las micro, pequeñas y medianas empresas.
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