Empresas

Nuevas disposiciones al Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación de Sanciones (RGITAS)

El 23 de agosto fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el decreto para la
reforma al Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación de Sanciones
(RGITAS), disposiciones que entraron en vigor a partir del día siguiente a su publicación.

De los artículos reformados, el de mayor impacto para las empresas es el artículo 36,
referente al tiempo para dar respuesta a los incumplimientos asentados en un acta de
inspección.


Tipo de inspección y plazos

  • Seguridad y Salud: Además del plazo inicial de 5 días siguientes a la inspección (artículo 35), se podrá otorgar un plazo que ira desde la aplicación inmediata y observancia permanente hasta no mayor a 30 días hábiles, para corregir las deficiencias e incumplimientos que se
    identifiquen.

El plazo otorgado podrá prorrogarse de manera excepcional, siempre y cuando el patrón o el representante legal justifiquen fehacientemente que el origen de las irregularidades detectadas corresponde a causas ajenas al centro de trabajo.

Dicha prorroga NO podrá extenderse a más de 30 días hábiles.

  • Condiciones Generales de Trabajo, Capacitación y Adiestramiento, y otras materias reguladas por la legislación laboral que por su importancia así lo requieran: Contarán con un plazo de 5 días siguientes a la inspección, sin que medie prórroga alguna.

Para fijar dicho plazo, la Autoridad del Trabajo deberá considerar la rama industrial, tipo y escala económica, grado de riesgo, número de trabajadores, el riesgo que representan para los trabajadores y la dificultad para subsanarlas.

En lo que refiere a inspecciones extraordinarias, se adicionan aquellas empresas incorporadas a programas de cumplimiento voluntario en las que se detecte que la información proporcionada es falsa, en las cuales se dará de baja al centro de trabajo del programa de cumplimiento voluntario que corresponda, y se ordenará la práctica de inspecciones extraordinarias (artículo 23).

Recordando, que los motivos por las que se puede ordenar inspecciones extraordinarias que ya estaban incluidos en el RGITAS son:

  • Cuando la autoridad tiene conocimiento de accidentes de trabajo en una empresa.
  • Cuando existe alguna queja(s) ciudadana(s).
  • Cuando se desarrolló una inspección previa y se presentó información falsa.
  • Situaciones de emergencia.

Como empresa, debes prepararte para asegurar estar en cumplimiento con cada
una de tus obligaciones en materia laboral, no esperes que llegue la inspección
para regularizarte.

Especialista en seguridad y salud en el trabajo: omar.aceves@coparmexjal.org.mx
Especialista en protección legal: leonardo.sanchez@coparmexjal.org.mx
Gerencia Seguridad y Medioambiente: karla.deleon@coparmexjal.org.mx

Leave a Comment

Recent Posts

Del bienestar personal al éxito corporativo

El bienestar de las personas en sus entornos laborales es cada vez más necesario en un mundo marcado por carencias… Read More

7 días ago

REPSE: solución contra la nómina fraudulenta o carga excesiva para contribuyentes cumplidos

En meses recientes los contribuyentes han recibido del Servicio de Administración Tributaria (SAT) “Comunicados” en los que se les hace… Read More

1 semana ago

LPET: Transformando la Industria del Empaque a Través de la Innovación

Fundada en 2014 LPET se ha destacado en la industria del empaque por ofrecer soluciones integrales basadas en materiales reciclados,… Read More

2 semanas ago

La amenaza creciente del “prompt injection” y cómo tu empresa puede adelantarse

La inteligencia artificial (IA) ya es parte del día a día empresarial: atiende clientes, resume documentos, sugiere decisiones y acelera… Read More

3 semanas ago

DiDi como Super App aporta el 0.48% del PIB estatal de Jalisco

En los últimos años, DiDi se ha consolidado en México como una Super App que integra servicios de movilidad, entrega… Read More

3 semanas ago

¿Por qué muchos directores fracasan al intentar innovar en un mundo BANI y VUCA?

Después de más de 10 años como consultora de Empresas, he visto de cerca cómo muchos líderes empresariales —con grandes… Read More

4 semanas ago

Esta página web usa cookies Las cookies de este sitio web se usan para personalizar el contenido y los anuncios, ofrecer funciones de redes sociales y analizar el tráfico. Además, compartimos información sobre el uso que haga del sitio web con nuestros partners de redes sociales, publicidad y análisis web, quienes pueden combinarla con otra información que les haya proporcionado o que hayan recopilado a partir del uso que haya hecho de sus servicios

Aviso de Privacidad