Como sabemos, en el mundo empresarial escuchar hablar del mes de marzo es sinónimo de la declaración anual, lo anterior debido a que la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) nos establece la obligación de presentar la misma sobre nuestros ingresos y deducciones obtenidos en el año anterior. Para las personas morales esta obligación tiene como fecha límite el 31 de marzo de cada año, sin embargo, debido a que en este año el día 31 cae en domingo (día inhábil) se recorre al día hábil siguiente, siendo el plazo el lunes 01 de abril de 2024.
Así mismo, al pasar de los años los formatos para la presentación de la declaración anual han ido sufriendo modificaciones, pasando de ser formatos de papel a formatos digitalizados y en los últimos años la Autoridad ha pretendido precargar la declaración con la información que se manifiesta en los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), tanto que recibimos como que emitimos, es por eso, que enlisto algunos aspectos a considerar en los CFDI´s para el correcto llenado de la declaración anual 2023;
CONCILIACIÓN CFDI EMITIDOS – INGRESOS
A partir de los pagos provisionales del ejercicio 2022, la declaración provisional del Impuesto Sobre la Renta (ISR) viene precargada con los CFDI que emitimos durante el mes y así mismo esa información que presentamos en el pago provisional es la información que aparece automáticamente a la hora de llenar nuestra declaración anual. Es por eso que, debemos llevar a cabo una conciliación efectiva respecto a los CFDI emitidos de la siguiente manera;
Recuerda, de acuerdo con la regla 2.7.1.47 solamente podrás cancelar un CFDI de ingresos a más tardar en el mes en el cual se deba presentar la declaración anual del ISR correspondiente al ejercicio fiscal en el cual se expidió el CFDI. Si realizas la cancelación posterior a esa fecha podrás ser sujeto a una multa.
CONCILIACIÓN CFDI EMITIDOS – NÓMINA
En la mayoría de las empresas el gasto de nómina es una deducción importante en su declaración anual, sin embargo, toda esa información ya viene pre-llenada en el aplicativo de la declaración anual y toma como base la información que se manifestó en los CFDI de nómina, por lo mismo, a continuación, enlisto el como realizar una correcta conciliación de los CFDI de salarios.
CONCILIACIÓN CFDI RECIBIDOS – ARRENDAMIENTO / SERVICIOS PROFESIONALES POR PERSONAS FÍSICAS
Finalmente, en la declaración anual de 2022 la autoridad fiscal comenzó a amarrar la deducción de pagos de arrendamiento o servicios profesionales a personas físicas con los CFDI. Es por eso, que también es recomendable realizar una conciliación respecto a estos gastos, el siguiente procedimiento puede servir de guía;
Es importante mencionar que se debe revisar que el régimen fiscal de la persona física que emite el CFDI sea el adecuado, así mismo, tratándose de arrendamiento de bienes inmuebles, el CFDI debe contener la clave de la cuenta predial, según el artículo 29°A del CFF fracción V) inciso c).
En conclusión, cumplir con la declaración anual de personas morales de manera correcta y oportuna es fundamental para evitar problemas con las autoridades fiscales, además, se garantiza la estabilidad financiera al evitarse posibles multas, sin embargo, debido a que la Autoridad busca fiscalizar a través del CFDI, es de suma importancia tener cuidado con el correcto llenado y conciliación de estos. Lo anterior implica evitar discrepancias y así evitar las molestas notificaciones de la autoridad o en su caso contar con los elementos necesarios para su aclaración.
Como comentario adicional, a partir del ejercicio 2024, la declaración mensual correspondiente al Impuesto al Valor Agregado (IVA) también vendrá pre cargada con la información que manifestemos en los CFDI´s, tanto emitidos como recibidos, tomando como base el método de pago (PUE O PPD).
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